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La Audiencia revoca el auto de Alaya que preimputaba a Chaves y Griñán

En un nuevo auto emitido hoy, la juez que instruye el caso de los ERE señala a cinco ex consejeros: Aguayo, Viera, Recio, Ávila y Vallejo.

La juez Mercedes Alaya ha vuelto a preimputar a los ex presidentes de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves y José Antonio Griñán, en el caso de los expedientes de regulación de empleo fraudulentos que investiga.

La decisión de la magistrada llega después de que la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla estimara la semana pasada el recurso de la Fiscalía Anticorrupción que anulaba la primera preimputación.

En este nuevo auto, Alaya vuelve a comunicar “en calidad de imputados, la existencia del procedimiento” tanto a Chaves y Griñán como a los cinco ex consejeros que ya había señalado en un primer auto, es decir, a José Antonio Viera, Manuel Recio, Antonio Ávila, Carmen Martínez Aguayo y Francisco Vallejo.

La juez sostiene que “aún no se ha podido abordar” por su “extraordinario volumen” el estudio de las conclusiones del informe de la Intervención General del Estado, que se ha sumado a la causa recientemente.

No obstante, afirma en su auto que “por imperativo legal se exponen los datos de mayor relevancia que se contienen en la presente causa y que pudieran relacionarse con los aforados designados», y precisa que se analiza «desde la perspectiva del derecho penal el proceso de concesión de subvenciones sociolaborales y ayudas a empresas llevado a efecto por la Dirección General de Trabajo desde el año 2000 hasta el primer tercio de 2011».

Todo ello se hizo «en virtud del programa 22E y más tarde 31.L., que habría supuesto la aplicación de fondos públicos en una cantidad aproximada a 700 millones de euros, y ello a través de la partida presupuestaria de transferencias de financiación a IFA/IDEA, quien se encargaría del pago de las mismas», dice Alaya, que mantiene que se trató de una «actuación continuada de concesión de ayudas al margen de lo establecido (…) gracias a la presupuestación también continuada de dicha partida de transferencias, primero a través de las modificaciones presupuestarias y luego a través de las propias leyes de Presupuestos».

«La aplicación presupuestaria de destino no era adecuada de acuerdo con la clasificación del gasto, adecuación que constituye uno de los requisitos para que pueda autorizarse la modificación presupuestaria», añade.

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