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El Ayuntamiento de Castilleja de la Cuesta ha aceptado finalmente la petición de una pareja de formalizar su empadronamiento en un local que habitan sin título para ello. El despacho Sires Abogados ha defendido la reivindicación de estas personas, que llevaban «siete meses reclamando el derecho que les asiste para que se les empadrone aunque no tengan inmuebles a su nombre ni contrato de alquiler».
El letrado José Antonio Siles ha explicado la situación de la pareja, formada por Diego, de 54 años, y María Filomena, de 62. El jurista ha expresado que se encuentran «en claro riesgo de exclusión social», y que sobreviven con los trabajos esporádicos de él. Aun así, ha asegurado que «sin empadronamiento no tenían derecho ni a recibir comida de Cáritas». Además de esto, el Consistorio alixeño no atendía su solicitud de empadronamiento.
Al respecto, el abogado ha esgrimido la Resolución de 17 de febrero de 2020 por la que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal, que recoge en su punto 3.3 que «el Padrón debe reflejar el domicilio donde realmente vive cada vecino del municipio y de la misma manera que la inscripción padronal es completamente independiente de las controversias jurídico-privadas sobre la titularidad de la vivienda, lo es también de las circunstancias físicas, higiénico-sanitarias o de otra índole que afecten al domicilio».
La normativa respalda a la pareja
La normativa contempla que «las infraviviendas (chabolas, caravanas, cuevas, etcétera e incluso ausencia total de techo) pueden y deben figurar como domicilios válidos en el Padrón».
Por ello, aunque la pareja vive en un local ocupado, sin que nadie haya mostrado nada en contra de que vivan en su interior, «tenían y tienen todo el derecho a ser empadronados». «Sin embargo, no solo no tenían respuesta por parte del Ayuntamiento, sino que tampoco conseguían que la Policía Local emitiese el informe que acreditaba que se encontraban viviendo en el local. Una vez hecho ese informe, los plazos se siguieron dilatando», dice el letrado.
El pasado 30 de diciembre, según Sires, dirigió un burofax al Ayuntamiento recordando que «la negativa a la contestación a un ciudadano por un Ayuntamiento no puede erigirse en un criterio estandarizado que justifique la diferencia de trato entre los ciudadanos» y que «el derecho a la inscripción en el padrón actúa además como puerta de acceso al disfrute de otro conjunto de derechos fundamentales». Tras las alegaciones, el Consistorio habría accedido al empadronamiento de estas personas.
José Antonio Sires ha felicitado a la pareja por haber conseguido su objetivo, a la vez que ha lamentado que hayan tenido que pasar «un verdadero calvario de gestiones» para, simplemente, recibir un derecho que nadie les puede negar.