El Juzgado de lo Penal número 3 de Sevilla ha impuesto una pena de seis meses de prisión al dueño de un establecimiento sanitario de óptica situada en el centro de la capital hispalense, por la comisión de un delito de intrusismo laboral.

Según lo indicado en la sentencia, notificada recientemente, el 19 de abril de 2022 el condenado llevó a cabo el proceso de medición y valoración de la refracción subjetiva de un paciente y la detección del defecto de refracción en distancia cercana (presbicia). Es decir, realizó funciones de óptico-optometrista, graduando la visión en un establecimiento abierto al público, sin estar en posesión de la correspondiente diplomatura universitaria o grado en Óptica y Optometría.

Este procedimiento ha tenido lugar como consecuencia de la querella formulada por el Colegio Oficial de Ópticos-Optometristas de Andalucía, que ha ejercido, por medio de su asesoría jurídica, la acusación particular.

El acusado ha sido condenado a la pena de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y deberá indemnizar en concepto de Responsabilidad Civil al Colegio Oficial de Ópticos-Optometristas de Andalucía. Además, también se le han impuesto las costas procesales.

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