La Junta de Andalucía ha dado a conocer este jueves 4 de marzo qué municipios de la comunidad autónoma que han pasado al nivel 2 de alerta sanitaria. Sevilla capital y los distritos sanitarios del Aljarafe, Sur y Este han pasado al nivel 2 de alerta sanitaria. Esto implica que se alivian las restricciones y que los comercios y la hostelería podrán abrir hasta las 21:30 horas. Además, las reuniones pasan de cuatro a seis personas. Pero ¿Qué se puede hacer en el nivel 2 de alerta sanitaria?
Celebraciones tras ceremonias religiosas o civiles
Si se hace en establecimiento hostelero rigen aforos y medidas de hostelería y restauración para este nivel. De otro modo, si se hace en salones celebraciones o lugar distinto incluso ámbito privado, aforo del 75 % con máximo de 100 personas interior y 150 exterior. Servicio en mesas de máximo 4 personas.
Ceremonias civiles
Aforo del 50 % tanto espacio cerrado como aire libre y que permita la distancia interpersonal. Personas sentadas.
Establecimientos recreativos
Los establecimientos recreativos infantiles que se destinen a ofrecer juegos y atracciones recreativas diseñados específicamente para público de edad igual o inferior a 12 años, espacios de juego y entretenimiento, así como la celebración de fiestas infantiles, permanecerán cerrados.
Los centros de ocio y diversión, parques de atracciones y temáticos, y parques acuáticos con aforo máximo del 60% lugares abiertos y 1/3 aforo para lugares cerrados. Las atracciones de feria con filas de asiento tendrán un aforo máximo del 50 % manteniendo distancia de seguridad interpersonal (salvo convivientes). Las atracciones de feria sin asientos con un aforo máximo del 50 % salvo que no se pueda garantizar distancia de seguridad interpersonal que será del 30 %.
Fiestas
Se recomienda que no se celebren fiestas, verbenas, romería y otras actividades festivas populares o tradicionales
Hostelería y restauración
La hostelería en general podrá abrir hasta las 21:30 de la tarde. Se podrán recoger pedidos hasta las 21.30 horas. Se podrán encargar por teléfono hasta las 22.30 horas para ser entregados a domicilio hasta las 23.30 horas.
Hostelería sin música: Aforo del 75 % en interior local y 100 % en espacios abiertos (terrazas al aire libre). Hostelería con música y especiales con música: Aforo del 60% en interior y local y 100 % en espacios abiertos (terrazas al aire libre) (los exclusivos de bebidas deben cerrar). Permitido consumo en barra con distanciamiento. Mesas o agrupaciones máximo 6 personas. Distancia 1,5 m entre sillas diferentes mesas o agrupaciones. No aplica horario cierre a los de régimen especial (3).
Instalaciones deportivas
Aforo del 65 % tanto las cerradas como al aire libre para deportistas y aforo de espectadores del 65 % con máximo de 400 en instalaciones cerradas y 800 en instalaciones al aire libre. Aforo del 65 % en academias de baile. Deporte no federado recomendado en grupos estables. Evaluación de riesgo especifica cuando se superen los límites de espectadores indicados (400 y 800). Las actividades aeróbicas o clases grupales de baile deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de 15 personas.
Locales de juego
Aforos del 75 % en el local. Restauración según normas de hostelería y restauración. No más de 6 personas en mesas de juego. Cierre 18 horas.
Peñas y asociaciones
Aforo máximo del 75 % y distanciamiento interpersonal de 1,5 metros. Actividad de restauración deben cumplir normas de hostelería y restauración. Cierre a las 18h.
Piscina
Aforo 75% del permitido.
Residencias de estudiantes
Aperturas de zonas comunes al 75 % (bibliotecas, salas juego, televisión, etc.) Comedores al 75 % con máximo de 100 personas interior y 150 en exterior. Actividad de restauración deben cumplir normas de hostelería y restauración.
Velatorios y entierros
Máximo de 25 personas en espacios aire libre o 10 personas en espacios cerrados sean o no conviviente.
Cine y teatro
75% del aforo permitido, con un límite máximo de 400 personas para lugares cerrados y 800 tratándose de actividades al aire libre. Respetarán el límite de aforo que permita guardar la distancia interpersonal establecida, butacas preasignadas. Actividades de restauración cumpliendo las medidas de hostelería.
Comercio
Aforo máximo del 75 % que permita mantenimiento de distancia de seguridad interpersonal. Si no es posible mantener la distancia de seguridad, solo podrá permanecer un cliente dentro. Cierre 21:30 horas, salvo establecimientos farmacéuticos, médicos, veterinarios, de combustible para automoción y otros considerados esenciales.
Mercadillos al aire libre
Establecimiento de los requisitos de distanciamiento entre puestos y de las condiciones de delimitación del mercado con el objetivo de garantizar la seguridad y distancia entre trabajadores, clientes y viandantes.
Transporte público
Establecimiento de los requisitos de distanciamiento entre puestos y de las condiciones de delimitación del mercado con el objetivo de garantizar la seguridad y distancia entre trabajadores, clientes y viandantes.
Hoteles
La ocupación de las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos no podrá superar el 50 % de su aforo. Restauración conforme a normas de hostelería o salones de celebraciones según el caso. Las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de 15 personas.