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La Audiencia de Sevilla ha condenado a cuatro años y medio de prisión a un profesor sevillano por realizar tocamientos de índole sexual a varias de sus alumnas. Este aprovechaba la confianza de las niñas en él para sentarlas en sus rodillas, «restregar» sus partes íntimas contra ellas o darles masajes con un tono sexual. El varón, condenado inicialmente a seis años de cárcel, tan solo cumplirá cuatro años y medio.
Tal y como recoge la sentencia, adelantada por Diario de Sevilla, el condenado era coordinador de actividades deportivas, entrenador de balonmano y monitor del comedor de un colegio en Santa Clara. El tribunal considera probado que, «con ánimo libidinoso», ejecutó «diferentes actos sobre determinadas alumnas aprovechándose de su edad y su buena relación con ellas», aprovechando sobre todo los recreos. Durante esos momentos, las niñas iban a su despacho a «oír música en su ordenador, cogerle caramelos y charlar», instantes en los que el acusado aprovechó «para satisfacer sus deseos sexuales».
Abusos entre 2014 y 2020
Los abusos ocurrieron entre 2014 y 2020, períodos en los que, en su despacho, «las sentaba en sus rodillas ante la carencia de sillas y acercaba sus traseros a sus genitales” o, cuando se lastimaban haciendo deporte, les aplicaba masajes impropios y les echaba crema «hasta la ingle». Una de las víctimas cuenta que acompañó al investigado al almacén «en más de una ocasión» y allí vio cómo le separaba las piernas, se colocaba de pie entre ellas y «se rozaba» contra su cuerpo.
Fue en 2021 cuando dos antiguas alumnas, víctimas de los abusos, denunciaron el caso ante el jefe de estudios. «Dejaron claro que nada tenían en contra de la labor del colegio, pero consideraban que el profesor había mantenido un trato abusivo sexualmente, consciente de la inocencia de ellas, y que no se encontraba cualificado para trabajar con menores», resalta la sentencia. Hechos, por cierto, negados en todo momento por el profesor en el juicio.
La sentencia impone a este profesor un año, seis meses y un día de prisión por cada uno de los cuatro delitos continuados de agresión sexual que cometió. Sin embargo, rebaja el plazo máximo que estará en prisión basándose en el artículo 76.1 del Código Penal, que establece que ese tope «no podrá exceder del triple del tiempo que se le imponga por la más grave de las penas». En este caso, las cuatro condenas son idénticas y la suma da seis años, superando el triple de la pena máxima, que sería de cuatro años y medio. Es por ello que el «límite máximo de cumplimiento» se fija en cuatro años y medio. Además, estará ocho años en libertad vigilada y deberá indemnizar a tres jóvenes con 2000 euros y a la cuarta con 1000., aunque la sentencia no es firme.