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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) declara procedente el despido disciplinario de un promotor de franquicias de un supermercado con puesto de empleo en Dos Hermanas. Al parecer, el empleado habría cargado a la empresa «gastos diarios por desplazamientos que no se producían porque estaba en su propio domicilio» o efectuando gestiones o compras «personales».

La sentencia inicial del Juzgado de lo Social número dos probó el despido del promotor de franquicias de un supermercado, responsable en Dos Hermanas, Sevilla y Huelva, ya que «aportaba notas de gasto que le fueron abonadas y que no se habían producido realmente».

La representación del trabajador alegaba que «los hechos imputados no son ciertos y de serlo, no son de la gravedad suficiente para justificar la más grave sanción posible, el despido», según desgrana el TSJA.

«La realidad es que estuvo en su casa»

En ese sentido, el Alto tribunal andaluz expone que, según la hoja de gastos del «16 de octubre de 2017, el trabajador declaró haber visitado Mairena del Aljarafe, San Juan, Moguer y Aljaraque, y regresar a Mairena del Aljarafe, pasando una factura de gasolina en la cantidad de 53,08 euros», cuando «la realidad es que estuvo en su casa».

El 25 de octubre de 2017, según señala el TSJA, «el trabajador declaró realizar la ruta Mairena, Aracena, Fuenteheridos, Galaroza, Cortegana y Mairena». Sin embargo, «salió de su domicilio a las 10:25 horas, acudió a una terraza en un bar en Sevilla, volviendo a su domicilio a las 12:27 horas para coger su vehículo y realizar gestiones personales y familiares hasta las 15:00 horas».

En cuanto a la jornada siguiente, «el trabajador estuvo en Huelva y después en San Juan del puerto y Bormujos, para efectuar una compra personal, pasando una factura de gasolina de 54,96 euros». En ese sentido, el TSJA respalda que «no trabajó cuando tenía que hacerlo y falseó notas de gastos»