Detalle de la fachada principal de la Audiencia Provincial de Sevilla / Joaquín Corchero / Archivo Europa Press
Detalle de la fachada principal de la Audiencia Provincial de Sevilla / Joaquín Corchero / Archivo Europa Press

La Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla ha sentenciado a un varón a una pena de tres meses a seis años de prisión. Los hechos delictivos son: homicidio en grado de tentativa, quebrantamiento de condena y amenazas cometidas sobre su expareja sentimental. El condenado intentó matarla empleando un cenicero para golpearla en la cabeza, para luego obstruir sus vías respiratorias con un cojín.

Hechos y proceso

La sentencia se emitió el pasado 12 de diciembre. En ella, la Sección Cuarta de la Audiencia declara probado por «expreso reconocimiento del acusado» los hechos acontecidos el 12 de octubre de 2023. Aquel día, el acusado se encontraba «en el domicilio de su expareja» y «en plena discusión con esta», cuando «con ánimo de causarle la muerte» la golpeó con un cenicero en la cabeza. Concretamente, la mujer sufrió varias lesiones: traumatismo craneoencefálico leve y policontusiones.

Además, el condenado intentó asfixiar a la víctima mediante un cojín, no consiguiéndolo por la resistencia ofrecida. Finalmente, la pareja del acusado pudo escapar del inmueble y pedir auxilio a los vecinos. El relato de hechos reconocidos por el encausado (que contaba con antecedentes penales por robo), por lo que llegaron a un acuerdo de conformidad entre ambas partes.

Según la sentencia, todo sucedió en el marco de una orden de alejamiento con relación a su expareja. «Accedió en fecha que no consta de septiembre de 2023 al domicilio de la perjudicada y convivió con ella durante más de un mes, hasta el 12 de octubre, fecha del presunto delito». El acusado actuaba «a sabiendas» y amenazó a la víctima con «prender fuego a su casa» en el caso de que avisara a la Policía. La sentencia agrega que al momento de los hechos, el detenido «era consumidor de sustancias estupefacientes, lo que mermaba ligeramente sus facultades volitivas e intelectivas».

Modificación de pena

La Fiscalía reclamaba inicialmente un total de 13 años de prisión para el acusado y diez años de prohibición de acercamiento y comunicación con víctima. Los delitos probados son homicidio en grado de tentativa, quebrantamiento de medida cautelar y amenazas no condicionadas en el ámbito familiar.

A la hora de la sentencia, el Ministerio Público resolvió aplicar las agravantes de género y parentesco exclusivamente al delito intentado de homicidio y aplicar la atenuante simple de drogadicción respecto a los tres delitos objeto de acusación, extremo aceptado por todas las partes.

Así, la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla condenó a J.M.T. a cinco años de cárcel por un delito de intento de homicidio, con las agravantes de parentesco y género y la atenuante de drogadicción. También diez años de prohibición de acercamiento y comunicación con la víctima, nueve meses más de cárcel por delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar y seis meses más de prisión por un delito leve de amenazas. Asimismo tendrá indemnizar a su expareja con 2.300 euros.