Juzgado Mercantil de Sevilla.

El Juzgado de lo Mercantil N.º 4 de Sevilla ha exonerado a una autónoma sevillana de 259.229 euros de deuda, aplicando la Ley de la Segunda Oportunidad. Esta herramienta legal permite a personas físicas liberarse de deudas insostenibles tras cumplir ciertos requisitos.

Una solución ante la insolvencia

La empresaria, que dirigía una empresa familiar, acumuló deudas debido a problemas económicos derivados de la falta de liquidez y retrasos en los pagos por parte de clientes. A pesar de intentar reducir gastos y mantener la actividad, se vio obligada a recurrir a préstamos que agravaron la situación.

Ante esta crisis financiera, decidió acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, un mecanismo que suspende embargos y pagos mientras el caso se resuelve en el juzgado.

Proceso de exoneración

El procedimiento incluyó una fase judicial en la que:

  1. Se evaluó el patrimonio de la deudora para determinar la posibilidad de liquidar bienes.
  2. Se acreditó su situación de insolvencia y el cumplimiento de los requisitos legales, como la ausencia de antecedentes penales y la buena fe en su actuación.

El pasado 12 de noviembre de 2024, el juzgado dictó sentencia concediendo la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), liberando a la empresaria de sus obligaciones financieras con acreedores como PECAFER y Caixabank. Esta resolución también impide que las deudas canceladas sean reclamadas nuevamente o que la exonerada sea incluida en ficheros de morosos.