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El Juzgado de lo Mercantil N.º 4 de Sevilla ha exonerado a una autónoma sevillana de 259.229 euros de deuda, aplicando la Ley de la Segunda Oportunidad. Esta herramienta legal permite a personas físicas liberarse de deudas insostenibles tras cumplir ciertos requisitos.
Una solución ante la insolvencia
La empresaria, que dirigía una empresa familiar, acumuló deudas debido a problemas económicos derivados de la falta de liquidez y retrasos en los pagos por parte de clientes. A pesar de intentar reducir gastos y mantener la actividad, se vio obligada a recurrir a préstamos que agravaron la situación.
Ante esta crisis financiera, decidió acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, un mecanismo que suspende embargos y pagos mientras el caso se resuelve en el juzgado.
Proceso de exoneración
El procedimiento incluyó una fase judicial en la que:
- Se evaluó el patrimonio de la deudora para determinar la posibilidad de liquidar bienes.
- Se acreditó su situación de insolvencia y el cumplimiento de los requisitos legales, como la ausencia de antecedentes penales y la buena fe en su actuación.
El pasado 12 de noviembre de 2024, el juzgado dictó sentencia concediendo la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), liberando a la empresaria de sus obligaciones financieras con acreedores como PECAFER y Caixabank. Esta resolución también impide que las deudas canceladas sean reclamadas nuevamente o que la exonerada sea incluida en ficheros de morosos.