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El Juzgado de lo Mercantil N.º 4 de Sevilla ha dictado sentencia para exonerar a un autónomo sevillano de una deuda acumulada de 97.630,71 euros, aplicando la Ley de Segunda Oportunidad. Esta normativa permite a personas en situación de insolvencia liberarse de sus deudas tras cumplir una serie de requisitos legales.
El afectado acumuló la deuda debido a dificultades económicas derivadas de factores externos. Su actividad como autónomo se vio afectada inicialmente por las restricciones de la pandemia, lo que provocó una disminución de ingresos. Para intentar solventar la situación, solicitó un crédito ICO. Posteriormente, la huelga de transportistas y el aumento de costes agravaron la situación, obligándolo a recurrir a nuevos préstamos que no lograron evitar el colapso financiero.
Ante esta situación, el autónomo acudió a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, donde se le aconsejó iniciar el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad. Este procedimiento incluye la suspensión de embargos y pagos mientras el caso es evaluado judicialmente. En este caso, tras comprobar los requisitos legales y la inexistencia de delitos penales, el juez otorgó la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), liberando al afectado de sus deudas.
Con la sentencia, los acreedores, entre los que se encontraban entidades financieras como Caixabank, Cofidis y Santander, no podrán reclamar el pago de las deudas ni incluir al exdeudor en listas de morosos. Según la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, el número de sentencias de este tipo se ha incrementado significativamente en Sevilla durante 2024, triplicando las obtenidas en el año anterior.